OPINIÓN: Gobernador Regional, claridad sobre el nuevo cargo por Edith Quiroz Ortíz

OPINIÓN: Gobernador Regional, claridad sobre el nuevo cargo por Edith Quiroz Ortíz

“En cada provincia habrá un nuevo delegado presidencial provincial”, explica la actual Consejera Regional. Por Edith Quiroz O. Consejera Regional. Provincia de Los Andes

Ad portas de que este mes de julio asuman sus cargos los nuevos Gobernadores Regionales, es importante explicar que sus atribuciones no son tan amplias como algunos creen, independientemente de que muchos añoramos un proceso de descentralización mayor y eficiente.

La ley 21.074 es clara respecto a este tema. De hecho, para explicar las competencias del nuevo cargo, es bueno separar todo en 5 aspectos importantes:

Facultades administrativas

•             En lo que respecta a la administración, el gobernador regional deberá gestionar los bienes y recursos del gobierno regional.

•             Representar judicialmente y extrajudicialmente.

•             Nombrar y remover funcionarios y velar por el cumplimiento de las normas de probidad.

•             Además, administrará los bienes nacionales de uso público cuando corresponda y dictará resoluciones e instrucciones que estime necesarias para el ejercicio de sus tareas.

Facultades normativas

•             En cuanto a las atribuciones normativas, el gobernador regional deberá proponer al Consejo Regional (CORE) los proyectos de reglamentos regionales.

•             El CORE está presidido por el gobernador regional y participan de él los consejeros regionales, electos también por votación popular. El número de integrantes dependerá del número de habitantes. En el caso de nuestra región, hay 28 consejeros regionales.

•             Será también una competencia del gobernador en esta materia solicitar al Presidente de la República, previo acuerdo del CORE, la transferencia de uno o más competencias de los ministerios y servicios públicos.

Planificación

•             Entre las funciones de planificación, el gobernador regional formulará políticas de desarrollo, estrategias y proyectos para la región, para luego someterlo al CORE.

•             Deberá hacer lo mismo para la propuesta de territorios como zonas rezagadas y el Plan Regional de Desarrollo Turístico.

Presupuesto

•             En lo que respecta a las competencias vinculadas al financiamiento, deberá someter el presupuesto regional pensado para la zona al CORE, previo a su aplicación.

•             Como cualquier otro organismo del Estado, el presupuesto dependerá de la Dirección de Presupuestos, según lo dispuesto en el decreto de ley 1.263 de 1975.

Coordinación

•             El gore deberá coordinar, supervigilar o fiscalizar a los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional respectivo.

•             Además de informar al CORE respecto de proposiciones de programas y proyectos.

Con todo lo anterior, es bueno señalar que la figura del Intendente desaparece del mapa político, así como también la del Gobernador Provincial. El rol de representación directa de La Moneda en las regiones, lo cumplirá una nueva figura: el delegado presidencial. Entre sus funciones quedará la gestión de la seguridad en relación directa con el Ministerio de Interior, la coordinación de seremis y la supervigilancia de los jefes de los organismos de administración del Estado. Finalmente, en cada provincia habrá un nuevo delegado presidencial provincial.

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